LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 9.7-2. Sujeto pasivo.

Artículo 9.7-2. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas que solicitan la homologación o la convalidación de los títulos o estudios extranjeros.

Se añade por el art. 12 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-1257. 

← Artículo 9.7-1 Índice Artículo 9.7-3 →