Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 5.2-1 Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 2020 y la del 1 de enero de 2022.
Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (56 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 5.2-1 Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la tasa el acceso a las infraestructuras de saneamiento en alta existentes, existentes o a las previstas en el programa de saneamiento de aguas residuales urbanas o en el instrumento de planificación hidrológica vigente, con en relación a con las siguientes actuaciones urbanísticas:
a) De nueva urbanización.
b) De reforma o renovación de la urbanización, urbanización en suelo urbanizable o suelo urbano no consolidado, cuando comporten un incremento de generación de aguas residuales, residuales conectadas a un sistema de saneamiento público, ya sea como consecuencia de una mayor edificabilidad o densidad del uso urbanístico o como consecuencia de un cambio del uso urbanístico.
c) De cambios en el suelo no urbanizable que impliquen un incremento de aguas residuales.
2. Quedan exentos del pago de la tasa los supuestos de acceso a las infraestructuras de saneamiento existentes o previstos previstas en la planificación con relación a hidrológica, derivados de actuaciones urbanísticas en sectores o urbanizaciones ya existentes en fecha de 19 de julio de 2006, pero pendientes de regularizarse regularización desde antes el punto de la aprobación del Programa vista urbanístico. La exención no se aplica a los incrementos de saneamiento caudales generados a partir de aguas residuales urbanas 2005. esa fecha.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-953 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2017 | BOE-A-2017-7353 | Leer |


