Legislación › Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad.
Disposición final segunda. Régimen de acceso a los cuerpos tributarios de la Agencia.
Disposición final segunda. Régimen de acceso a los cuerpos tributarios de la Agencia.
Los procesos selectivos para acceder a los cuerpos tributarios de adscripción a la Agencia Tributaria de Cataluña que se convoquen antes de la entrada en vigor del reglamento al que se refiere el artículo 218-3 del Código deben llevarse a cabo de acuerdo con lo establecido por el Decreto 222/2016, de 15 de marzo, del régimen de personal y de los procesos de selección y provisión en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


