Legislación › Decreto-ley 4/2019, de 29 de enero, de medidas urgentes en materia de transporte de viajeros mediante el alquiler de vehículos con conductor.
Disposición adicional segunda. Actividad de mediación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de febrero de 2019 y la del 8 de julio de 2022.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional segunda. Actividad de mediación.
El Gobierno debe regular la actividad de mediación en la contratación y en la comercialización de servicios de arrendamiento de vehículos con conductor urbano e interurbano en Cataluña. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de julio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-13533 | Leer | Qué cambió |
| 1 de febrero de 2019 | BOE-A-2019-90273 | Leer |
← Disposición adicional primera Índice Disposicion final primera →


