Legislación › Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Se autoriza al Gobierno a dictar las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar la presente ley, sin perjuicio de las habilitaciones expresas de desarrollo y ejecución que la presente ley establece a favor del departamento competente en materia agraria y de desarrollo rural.
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