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Legislación › Decreto Legislativo 1/1997, de 23 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Cajas de Ahorros.

Artículo 37. Funcionamiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1997 y la del 4 de enero de 2011. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 37.
1. Las deliberaciones del Consejo de Administración y de sus Comisiones Delegadas, comisiones delegadas, en su caso, y de los órganos de apoyo, así como los acuerdos adoptados por los mismos, si lo estiman pertinente, tendrán carácter secreto, considerándose infracción grave el quebrantamiento del mismo a los efectos de la incompatibilidad prevista en el párrafo a) del artículo 19 de esta Ley y sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que pudieran proceder.
2. Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría de los vocales asistentes, salvo en los supuestos para los que la normativa aplicable prevea una mayoría cualificada.
3. A las reuniones del Consejo de Administración asistirá el director general con voz pero sin voto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2015-4549 Leer Qué cambió
4 de enero de 2011 BOE-A-2011-90008 Leer Qué cambió
29 de julio de 1997 BOE-A-1997-90026 Leer

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