LexTotal

Legislación › Decreto-ley 3/2015, de 24 de julio, del Consell, por el que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.

Artículo 7. Solicitud y fecha de efecto.

Artículo 7. Solicitud y fecha de efecto.

1. Las personas que cumplan con los requisitos del artículo 6 deberán presentar la solicitud específica, junto con el resto de documentación, en el centro de salud que les corresponda según el domicilio habitual.

2. La fecha de efecto será la que se establezca en el acto de reconocimiento de la modalidad asistencial establecida específicamente.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →