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Legislación › Decreto-ley 16/2020, de 13 de noviembre, para la habilitación en Fininval del Fondo Valenciano de Resiliencia ante la situación derivada de la Covid-19.

Artículo 2. Dotación del Fondo Valenciano de Resiliencia (FVR).

Artículo 2. Dotación del Fondo Valenciano de Resiliencia (FVR).

Las consellerias competentes por razón del sector de actividad de las empresas destinatarias y el IVF mediante acuerdo específico establecerán la dotación del FVR.

Los acuerdos alcanzados deberán expresar el contenido mínimo que se establece en el artículo 97.3 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.

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