LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 67. Clasificación y adscripción.

Artículo 67. Clasificación y adscripción.

1. Los organismos públicos se clasifican en:

a) Organismos autónomos.

b) Entidades de Derecho público.

2. Los organismos públicos estarán adscritos a un Departamento, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14.3 de esta Ley.

← Artículo 66 Índice Artículo 68 →