Legislación › Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 7. División funcional y gestión territorial.
Artículo 7. División funcional y gestión territorial.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se organizará de acuerdo con los principios de división funcional en Departamentos y gestión territorial mediante Delegaciones territoriales de ámbito provincial, así como otros órganos o unidades administrativas de ámbito provincial, supracomarcal, comarcal o local que se creen de acuerdo con lo establecido en esta Ley.


