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Legislación › Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición adicional undécima. Atribución de competencias en materia de personal.

Disposición adicional undécima. Atribución de competencias en materia de personal.

Las competencias de los diversos órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de personal serán establecidas mediante Decreto del Gobierno de Aragón.

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