Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 233. Bonificaciones.
Artículo 233. Bonificaciones.
Las cooperativas agrarias que sean titulares de balsas sujetas a registro gozarán de una bonificación del 25 por 100 en las tasas por las actuaciones reguladas en este capítulo.
Se añade por el art. 22 de la Ley 2/2016, de 28 de enero. BOE-A-2016-2408


