Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 238. Hecho imponible.
Artículo 238. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de procedimientos de expropiación forzosa, ocupación temporal y servidumbres de paso en actuaciones de creación, modernización y mejora de regadíos.
Se añade por el art. 1.27 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. BOE-A-2021-19727


