Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 57. Tarifas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2011 y la del 20 de marzo de 2012.
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Artículo 57. Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
1. Estudios e informes para obras e instalaciones de nueva construcción, ampliación, modificación o reforma.
Tarifa 01. Por el estudio e informe previo de cada proyecto antes de autorizar las obras:
Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros: 120,04 123,85 euros.
Con presupuestos de más de 60.101,21 euros y hasta 601.012,10 euros: 240,03 247,23 euros.
Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 354,45 365,08 euros.
Tarifa 02. Por la comprobación de la obra terminada y emisión del informe previo al permiso para uso o funcionamiento:
Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros: 179,82 185,21 euros.
Con presupuestos de más de 60.101,21 euros. euros y hasta 601.012,10 euros: 359,45 370,23 euros.
Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 539,4877 555,672 euros.
2. Inspección de construcciones, locales, instalaciones, industrias, actividades, espectáculos y servicios.
Tarifa 03. A establecimientos de hasta 10 empleados: 60,00 61,80 euros.
Tarifa 04. A establecimientos de 11 a 25 empleados: 120,04 123,64 euros.
Tarifa 05. A establecimientos de más de 25 empleados: 240,03 247,23 euros.
3. Cadáveres y restos cadavéricos.
Tarifa 06. Intervención del órgano competente en la tramitación de los expedientes para la concesión de las autorizaciones siguientes:
1. Traslado de un cadáver sin inhumar a otra Comunidad Autónoma: 24,29 25,02 euros.
2. Exhumación de un cadáver antes de los tres años de su enterramiento para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 60,62 62,44 euros.
3. Exhumación de un cadáver después de los tres años de la defunción y antes de los cinco para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 36,22 37,31 euros.
4. Exhumación con o sin traslado de los restos de un cadáver después de los cinco años de la defunción para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 17,85 18,39 euros.
5. Inhumación de un cadáver en cripta fuera del cementerio: 170,80 175,92 euros.
6. Práctica tanatológica:
A) Conservación transitoria: 36,33 37,42 euros.
B) Embalsamamiento: 60,00 61,80 euros.
4. Otras actuaciones sanitarias.
Tarifa 07. Inspección sanitaria en los casos previstos por la normativa vigente: 60,006 61,80 euros.
Tarifa 08. Inspección de centros de expedición de certificados de aptitud obligatorios para permisos de conducción, licencia de armas y otros análogos: 120,04 123,64 euros.
Tarifa 09. Inscripción de sociedades médico-farmacéuticas que ejerzan sus actividades exclusivamente en la Comunidad Autónoma: 120,04 123,64 euros.
Tarifa 10. Emisión de informes o certificados que requieran estudios o exámenes de proyectos y/o expedientes tramitados, no comprendidos en conceptos anteriores, según el valor de la mercancía, con la siguiente escala:
Hasta 601,01 euros: 5,42 5,58 euros.
De 601,02 euros a 3.005,06 euros: 10,23 10,54 euros.
De 3.005,07 a 6.010,12 euros: 15,46 15,92 euros.
De 6.010,13 a 12.020.24 euros: 25,49 26,25 euros.
De 12.020,25 a 30.050,61 euros: 40,73 41,95 euros.
Más de 30.050,61 euros: 60,00 61,80 euros.
Tarifa 11. Entrega de libros oficiales de control sanitario de establecimientos y diligencia de los mismos: 9,43 9,71 euros.
5. Inspección veterinaria.
Tarifa 12. Reconocimiento de caza mayor y análisis triquinoscópico cuando proceda: 18 18,54 euros.
Tarifa 13. Reconocimiento de cerdos en campaña de sacrificio domiciliario: 10 10,30 euros.
Tarifa 14. Autorizaciones administrativas y de apertura de centros, servicios y establecimientos sanitarios y por su inspección.
1. Por la tramitación Autorizaciones administrativas de la autorización administrativa previa para la creación, traslado y apertura instalación de centros y servicios sanitarios: centros:
a) Hospitales: 321,12 euros.
b) Centros sanitarios con de 15 o más trabajadores sanitarios: 160,57 euros.
c) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 80,30 euros.
2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros:
a) Hospitales: 240,86 euros.
b) Servicios hospitalarios: 120,44 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 80,30 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 40,13 euros.
2.1 Por la autorización tramitación administrativa previa para de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 312,96 euros.
b) Servicios hospitalarios: 192,54 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 152,40 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 112,23 euros.
2.2 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación y apertura de centros odontológicos y servicios sanitarios: podológicos con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 240,86 271,76 euros.
b) Servicios hospitalarios de nueva creación: 120,44 hospitalarios: 151,34 euros.
c) Centros sanitarios de 15 o más trabajadores sanitarios: 111,20 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 71,03 euros.
2.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiactivas:
a) Hospitales: 395,36 euros.
b) Servicios hospitalarios: 274,94 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 80,30 234,80 euros.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 40,13 194,63 euros.
3. Por la tramitación de la autorización administrativa para el cierre de centros y servicios sanitarios: centros: 40,13 euros.
4. Por la inspección preceptiva tramitación administrativa de centros y servicios sanitarios para la autorización autorizaciones de apertura solicitada cuando anteriormente se haya concedido funcionamiento de centros:
a) Hospitales: 240,86 euros.
b) Servicios hospitalarios: 200,70 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 160,57 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 100,36 euros.
4.1 Por la autorización tramitación administrativa previa, u otras inspecciones preceptivas para de autorizaciones de funcionamiento de centros con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 312,96 euros.
b) Servicios hospitalarios: 272,80 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 232,67 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 174,52 euros.
4.2 Por la emisión tramitación administrativa de informes autorizaciones de funcionamiento de centros odontológicos y certificaciones: podológicos con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 240,86 271,76 euros.
b) Servicios hospitalarios de nueva creación: 200,69 hospitalarios: 231,60 euros.
c) Centros sanitarios de 15 o más trabajadores sanitarios: 191,47 euros.
d) Centros con menos de 15 trabajadores sanitarios: 131,26 euros.
4.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros con instalaciones radiactivas:
a) Hospitales: 395,36 euros.
b) Servicios hospitalarios: 355,20 euros.
c) Centros de 15 o más trabajadores sanitarios: 160,57 315,07 euros.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 100,36 254,86 euros.
e) Vehículos 4.4 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de vehículos destinados a transporte sanitario por carretera: trasporte sanitario: 56,21 euros.
5. Por la inspección de centros y servicios sanitarios a instancia de parte de los interesados: 97,44 euros.
6. Establecimientos Por la tramitación administrativa de autorizaciones de establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:
a) Autorización de instalación y funcionamiento: 200,69 euros.
b) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 200,69 euros.
c) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.
d) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.
7. Por la tramitación administrativa de autorizaciones para la fabricación de productos sanitarios a medida:
a) Autorización inicial: 401,40 euros.
b) Revalidación inicial: 200,69 euros.
c) Autorización de cierre: modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 401,42 euros.
d) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.
e) Autorización para la fabricación a medida y venta con adaptación en el sector ortoprotésico: 401,42 euros.
f) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.
5.1 Por emisión de certificados sobre datos del registro Autonómico de centros y servicios sanitarios: 6,00 euros.
6. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:
a) Autorización de instalación y funcionamiento: 200,69 euros.
b) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 200,69 euros.
c) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.
d) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.
7. Fabricación Por la tramitación administrativa de autorizaciones para la fabricación de productos sanitarios a medida:
a) Autorización inicial: 401,40 euros.
b) Revalidación de la autorización: inicial: 200,69 euros.
c) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 401,42 euros.
d) Autorización de otras modificaciones: 40,13 euros.
e) Autorización para la fabricación a medida y venta con adaptación en el la sector ortoprotésico: 401,42 euros.
f) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 100,36 euros.
Tarifa 15. Comunicaciones de consultas profesionales. profesionales:
1. Consultas relativas a actividades en las que se generan residuos sanitarios y requieran Por la elaboración tramitación administrativa de un «Plan autorizaciones administrativas de gestión infracentro» funcionamiento de estos consultas profesionales:
a) Con residuos y sanitarios: 80,29 euros.
b) Sin residuos sanitarios: 40,13 euros.
2. Por la correspondiente emisión tramitación administrativa de informe sobre el mismo, y/o sobre aquéllas que dispongan funcionamiento de consultas podológicas con instalaciones radiactivas: 80,29 radiológicas.
a) Con residuos sanitarios: 111,19 euros.
2. Consultas relativas a actividades en las que no se generan b) Sin residuos sanitarios y que no dispongan sanitarios: 71,03 euros.
3. Por la tramitación administrativa de aparatos modificación de instalaciones radiactivas: consultas profesionales:
a) Con residuos sanitarios: 80,29 euros.
b) Sin residuos sanitarios: 40,13 euros.
Tarifa 16. Tramitación de visados autorización de publicidad médico sanitaria. sanitaria:
1. Visados que requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado de Publicidad Médico Sanitaria: 40,13 41,33 euros.
2. Visados que no requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado de Publicidad Médico Sanitaria: 20,07 20,67 euros.
Tarifa 17. Autorización de publicidad de productos sanitarios: 50 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19727 | Leer | Qué cambió |
| 26 de enero de 2014 | BOE-A-2014-1510 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-5203 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-3639 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-2729 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


