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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 57. Tarifas.

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Artículo 57. Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
1. Estudios e informes para obras e instalaciones de nueva construcción, ampliación, modificación o reforma.
Tarifa 01. Por el estudio e informe previo de cada proyecto antes de autorizar las obras:
– Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros: 128,06.
– Con presupuestos de más de 60.101,21 euros y hasta 601.012,10 euros: 255,64.
– Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 377,49.
Tarifa 02. Por la comprobación de la obra terminada y emisión de informe previo al permiso para uso o funcionamiento:
– Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros: 191,51.
– Con presupuestos de más de 60.101,21 euros y hasta 601.012,10 euros 382,82.
– Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 574,56.
2. Inspección de construcciones, locales, instalaciones, industrias, actividades, espectáculos y servicios.
Tarifa 03. A establecimientos de hasta 10 empleados: 63,9.
Tarifa 04. A establecimientos de 11 a 25 empleados: 127,84.
Tarifa 05. A establecimientos de más de 25 empleados: 255,64.
3. Sanidad mortuoria.
Tarifa 06. Intervención del órgano competente en la tramitación de los expedientes para la concesión de las autorizaciones siguientes:
1. Traslado de un cadáver sin inhumar a otra Comunidad Autónoma: 27,52 euros.
2. Exhumación de un cadáver para su inhumación en otro cementerio: 55,85 euros.
3. Exhumación de restos cadavéricos y traslado a otra Comunidad Autónoma: 20,23 euros.
4. Construcción, ampliación y reforma de cementerios: 82,85 euros.
5. Construcción de nichos, sepulturas o bloques de nichos utilizando técnicas y sistemas diferentes a la obra tradicional: 18,39 euros.
4. Otras actuaciones sanitarias.
Tarifa 07. Inspección sanitaria en los casos previstos por la normativa vigente: 63,9.
Tarifa 08. Inspección de centros de expedición de certificados de aptitud obligatorios para permisos de conducción, licencia de armas y otros análogos: 127,84.
Tarifa 09. Inscripción de sociedades médico.farmacéuticas que ejerzan sus actividades exclusivamente en la Comunidad Autónoma: 127,84.
Tarifa 10. Emisión de informes o certificados que requieran estudios o exámenes de proyectos y/o expedientes tramitados, no comprendidos en conceptos anteriores, según el valor de la mercancía, con la siguiente escala:
Hasta 601,01 euros: 5,77.
De 601,02 euros a 3.005,06 euros: 10,9.
De 3.005,07 euros a 6.010,12 euros: 16,46.
De 6.010,13 euros a 12.020,24 euros: 27,14.
De 12.020,25 euros a 30.050,61 euros: 43,38.
Más de 30.050,61 euros: 63,9.
Tarifa 11. Entrega de libros oficiales de control sanitario de establecimientos y diligencia de los mismos: 10,04.
5. Controles en materia de salud pública.
Concepto: Actuaciones de Control Oficial de Salud Pública
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Importe
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Tarifa 11.
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Entrega de libros oficiales de control sanitario de establecimientos y diligencia de los mismos.
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10,68 euros.
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Tarifa 12.
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Reconocimiento de caza mayor y análisis triquinoscópico.
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30 euros/muestra.
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Tarifa 13.
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Reconocimiento de cerdos en campaña de sacrificio domiciliario.
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15 euros/muestra.
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Tarifa 14.
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Por la realización de inspecciones o auditorías oficiales en establecimientos alimentarios motivadas a petición de parte, incluidas las necesarias para la concesión de autorización sanitaria en establecimientos de RGSEAA en que sea preceptivo.
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80 euros.
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Tarifa 15.
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Por la realización durante las inspecciones ordinarias, de controles oficiales adicionales a los propios del mercados de la Unión Europea, motivados por exigencias de países terceros destinatarios de los productos exportados.
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90 euros.
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Tarifa 16.
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Por la realización de inspecciones oficiales adicionales a las ordinarias, motivadas por exigencias de países terceros destinatarios de productos exportados.
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25 euros.
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Tarifa 17.
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Por las anotaciones registrales en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), así como en los registros autonómicos de establecimientos alimentarios (tanto la inscripción inicial como modificaciones posteriores).
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25 euros.
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Tarifa 18.
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Por la emisión de certificados de inscripción en cualquiera de los registros de establecimientos alimentarios.
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35 euros.
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Tarifa 19.
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Emisión de Certificados de exportación de productos alimenticios, según el valor de la mercancía, y actividades de control relacionadas (actas de precintado o similar) con la siguiente escala:.
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Hasta 600 euros.
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10,96 euros.
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De 601 euros a 3.000 euros.
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16,25 euros.
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De 3.001 a 6.000 euros.
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22,01 euros.
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De 6.001 a 12.000 euros.
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33,04 euros.
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De 12.001 a 30.000 euros.
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49,80 euros.
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Más de 30.001 euros.
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71,00 euros.
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Tarifa 20.
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Por la emisión de informe sanitario sobre proyectos de reforma o nueva construcción de instalaciones de agua de consumo.
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90,28 euros.
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Tarifa 21.
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Por la emisión de informes a la puesta en funcionamiento de las instalaciones de agua de consumo humano:.
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90,28 euros.
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Tarifa 22.
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Por la emisión de informe sobre suministro de agua con cisternas o depósitos móviles.
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62,42 euros.
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Tarifa 23.
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Por la inspección para la apertura inicial de una piscina.
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62,42 euros.
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Tarifa 24.
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Por la entrega del Libro oficial de Registro de piscinas y diligencia del mismo.
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10,68 euros.
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Tarifa 25.
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Por la entrega de cada cartel para piscinas.
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10,50 euros.
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Tarifa 26.
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Por la Inscripción en el registro oficial de establecimientos y servicios biocidas (tanto la inscripción inicial como las modificaciones posteriores).
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87,42 euros.
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Tarifa 27.
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Por la expedición de carné de aplicador de productos plaguicidas de uso ambiental y en la industria alimentaria.
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10,50 euros.
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Tarifa 28.
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Por la expedición de cada certificado de capacitación para la aplicación de plaguicidas de uso ambiental y en la industria alimentaria, de niveles especiales.
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10,50 euros.
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Tarifa 29.
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Por las actividades adicionales a los controles oficiales en materia de sanidad ambiental.
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1 Por una visita de inspección.
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62,42 euros.
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2 Por un control documental.
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25,00 euros.
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6. Autorizaciones y actuaciones inspectoras en centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Tarifa 30. Autorizaciones administrativas y de apertura de centros, servicios y establecimientos sanitarios y por su inspección
1. Autorizaciones administrativas y de apertura de centros, servicios y establecimientos sanitarios y por su inspección:
1. Autorizaciones administrativas de instalación de centros
a) Hospitales: 332,04.
b) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 166,03.
c) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 83,03.
2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros:
a) Hospitales: 249,05.
b) Servicios hospitalarios: 124,53.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 83,03.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 41,49.
2.1 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 323,6.
b) Servicios hospitalarios: 199,09.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 157,58.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 116,05.
2.2 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros odontológicos y podológicos con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 281.
b) Servicios hospitalarios: 156,49.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 114,98.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 73,45.
2.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiactivas:
a) Hospitales: 408,8.
b) Servicios hospitalarios: 284,29.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 242,78.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 201,25.
3 Por la tramitación de la autorización administrativa para el cierre de centros: 41,49
4 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros:
a) Hospitales: 249,05.
b) Servicios hospitalarios: 207,52.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 166,03.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 103,77.
4.1 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 323,6.
b) Servicios hospitalarios: 282,08.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 240,58.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 180,45.
4.2 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de centros odontológicos y podológicos con instalaciones radiológicas:
a) Hospitales: 281.
b) Servicios hospitalarios: 239,47.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 201,08.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 135,72.
4.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de centros con instalaciones radiactivas:
a) Hospitales: 408,8.
b) Servicios hospitalarios: 367,28.
c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 325,78.
d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 263,53.
4.4 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de vehículos destinados a transporte sanitario: 58,12.
5. Por la inspección de centros y servicios sanitarios a instancia de parte de los interesados: 100,75.
5.1 Por emisión de certificados sobre datos del Registro Autonómico de Centros y Servicios Sanitarios: 6,2.
6. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:
a) Autorización de instalación y funcionamiento: 207,51.
b) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 207,51.
c) Autorización de otras modificaciones: 41,49.
d) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 103,77.
7 Por la tramitación administrativa de autorizaciones para la fabricación de productos sanitarios a medida:
a) Autorización inicial: 415,05.
b) Revalidación inicial: 207,51.
c) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 415,07.
d) Autorización de otras modificaciones: 41,49.
e) Autorización para la fabricación a medida y venta con adaptación en el sector ortoprotésico: 415,07.
f) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 103,77.
7. Comunicaciones de consultas profesionales.
Tarifa 31. Comunicaciones de consultas profesionales.
1. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de consultas profesionales:
a) Con residuos sanitarios: 83,02.
b) Sin residuos sanitarios: 41,49.
2. Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de consultas podológicas con instalaciones radiológicas:
a) Con residuos sanitarios: 114,97.
b) Sin residuos sanitarios: 73,45.
3. Por la tramitación administrativa de modificación de consultas profesionales:
a) Con residuos sanitarios: 83,02.
b) Sin residuos sanitarios: 41,49.
8. Visados Autorización de publicidad médico sanitaria.
Tarifa 16. 32. Tramitación de autorización de publicidad sanitaria.
1. Visados Autorizaciones que requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado Autonómica de Publicidad Médico Sanitaria: 42,74.
2. Visados Autorizaciones que no requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado Autonómica de Publicidad Médico Sanitaria: 21,37.
Tarifa 33. Autorización de publicidad de productos sanitarios: 50,00.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-19727 Leer Qué cambió
26 de enero de 2014 BOE-A-2014-1510 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-1424 Leer Qué cambió
20 de marzo de 2012 BOE-A-2012-5203 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3639 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-2729 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2004 BOE-A-2004-90019 Leer

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