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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 89. Sujetos pasivos.

Artículo 89. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos del pago de las tasas las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, a quienes se presten cualesquiera de los servicios que constituyen el hecho imponible.

Se modifica por el art. 1.15 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. BOE-A-2021-19727

Se modifica por el art. 18. 2 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-1424

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-19727 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-1424 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2004 BOE-A-2004-90019 Leer

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