Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 87. Tarifas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 20 de marzo de 2012.
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Artículo 87. Tarifas.
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:
Tarifa 01. Oficinas de Farmacia. farmacia.
1. Participación en el concurso de apertura: 66,26 190 euros.
2. Autorización de instalación, apertura o traslado: 331,28 413,46 euros.
3. Autorización de cierre: 99,39 124,05 euros.
4. Modificaciones del local que supongan cambios en su estructura: 66,26 82,71 euros.
5. Cambio de titularidad: 132,51 165,39 euros.
6. Nombramiento de regente, sustituto o adjunto: 33,13 41,33 euros.
7. Acreditación de actividades sometidas Buenas Prácticas: 165,64 buenas prácticas: 206,71 euros.
8. Otras inspecciones: 99,39 124,05 euros.
9. Autorización de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales a terceros: 337,91 413,46 euros.
10. Acreditación de nivel para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales: 165,64 202,68 euros.
Tarifa 02. Botiquines y Depósitos depósitos de medicamentos.
1. Autorización de instalación: 99,39 124,05 euros.
2. Autorización de cierre: 66,26 82,71 euros.
3. Otras inspecciones: 66,26 82,71 euros.
Tarifa 03. Servicios Farmacéuticos. farmacéuticos.
1. Autorización de instalación y apertura: 331,28 413,46 euros.
2. Autorización de modificación de locales: 66,26 82,71 euros.
3. Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del Farmacéutico responsable: 66,26 euros. Acreditación de
4.Buenas Prácticas: 331,28 euros. buenas prácticas: 413,46 euros
Tarifa 04. Almacenes de distribución de medicamentos.
1. Autorización de instalación, apertura o traslados: 331,28 413,46 euros.
2. Autorización de modificación de locales: 99,39 124,05 euros.
3. Autorización de cambios de titularidad: 132,51 165,39 euros.
4. Inspección y verificación de las Buenas Prácticas buenas prácticas de Distribución: 331,28 distribución: 413,64 euros.
5. Nombramiento de Director Técnico director técnico y Acta acta de toma de posesión: 66,26 82,71 euros.
6. Nombramiento de Farmacéuticos adicionales: 33,13 euros. Emisión de certificado de
7.Buenas Prácticas buenas prácticas de Distribución: 337,91 distribución: 413,46 euros.
Tarifa 05. Industria farmacéutica.
1. Inspección y verificación de las normas de correcta fabricación, por cada día empleado: 331,28 413,46 euros.
2. Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión en el cargo del Director Técnico: 66,26 euros. Autorización de publicidad:
3. Servicios y actuaciones inherentes a la toma de muestras reglamentarias de especialidades farmacéuticas o de materias primas y productos intermedios empleados en la fabricación de medicamentos: 198,77 euros.
4.165,64 206,71 euros.
5. 3. Otras inspecciones: 66,26 82,71 euros.
6. 4. Nombramiento de Farmacéuticos farmacéuticos adicionales: 33,13 41,33 euros.
7. 5. Por certificado de Normas normas de Correcta Fabricación: 165,64 correcta fabricación: 206,71 euros.
Tarifa 06. Cosméticos.
1. Inspección y verificación de Normas normas de Correcta Fabricación, correcta fabricación, por cada día empleado: 331,28 413,46 euros.
2. Otras inspecciones: 66,26 82,71 euros.
3. Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del Director Técnico: 66,26 director técnico: 82,71 euros.
Tarifa 07. Laboratorios, centros de control y/o desarrollo de medicamentos.
1. Inspección y verificación de Buenas Prácticas buenas prácticas de Laboratorio, laboratorio, por cada día empleado: 331,28 413,46 euros.
2. Ensayos clínicos: inspección y verificación de Buenas Prácticas buenas prácticas clínicas, por cada día empleado: 331,28 413,46 euros.
3. Otras inspecciones: 66,26 82,71 euros.
Tarifa 08. Otras actuaciones.
1. Emisión de informes, a petición del interesado, sobre centros y productos farmacéuticos: 66,26 82,71 euros.
2. Evaluación para la autorización, en su caso, de estudios postautorización de tipo observacional con medicamentos, contemplados en la Orden de 30 de julio de 2008, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regulan dichos estudios en la Comunidad Autónoma de Aragón: 385,87 413,46 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19727 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-5203 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-1542 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-2729 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


