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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

CAPÍTULO IX

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de agosto de 2004 y la del 26 de enero de 2014. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO IX
09. Tasa por servicios facultativos en materia de ordenación y defensa de las industrias forestales, agrarias y alimentarias

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-1510 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2004 BOE-A-2004-90019 Leer

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