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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

CAPÍTULO XXXI

CAPÍTULO XXXI

31. Tasa por los servicios prestados por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica

Se deroga por la disposición derogatoria única.2.b) de la Ley 2/2016, de 28 de enero. BOE-A-2016-2408

Téngase en cuenta que ya se había derogado anteriormente por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre.

Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre. BOE-A-2007-1561

Se añade, en la redacción dada por la Ley 12/2004, de 29 de diciembre, por el art. 54 de la Ley 13/2005, de 30 de diciembre. BOA-d-2005-90009

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2016-2408 Leer Qué cambió
14 de diciembre de 2006 BOE-A-2007-1561 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2005-90009 Leer

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