Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO XXXI
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de diciembre de 2006 y la del 4 de febrero de 2016. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
CAPÍTULO XXXI
31. Tasa por los servicios prestados por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de febrero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-2408 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2006 | BOE-A-2007-1561 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2006 | BOE-A-2005-90009 | Leer |


