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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

CAPÍTULO XXXI

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de diciembre de 2006 y la del 4 de febrero de 2016. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XXXI
31. Tasa por los servicios prestados por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2016-2408 Leer Qué cambió
14 de diciembre de 2006 BOE-A-2007-1561 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2005-90009 Leer

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