Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos.
Artículo 140-6. Tasa fiscal sobre el juego relativa a casinos.
Artículo 140-6. Tasa fiscal sobre el juego relativa a casinos.
El tipo impositivo aplicable a la modalidad de juego celebrado en casinos será el que resulte de la siguiente escala de tarifas:
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Porción de la BI comprendida entre (euros) |
Tipo reducido aplicable (porcentaje) |
|---|---|
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0 y 2.000.000 |
18 por 100 |
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2.000.000,01 y 3.000.000 |
30 por 100 |
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3.000.000,01 y 5.000.000 |
40 por 100 |
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Más de 5.000.000 |
50 por 100 |
Se modifica por el art. 4.5 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-1424.
Se añade por el art. 7.2 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. BOE-A-2012-5203.
Su anterior numeración era art. 140-3.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-5203 | Leer |


