Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición transitoria única. Pagos fraccionados en los impuestos medioambientales sobre parques eólicos o fotovoltaicos con bonificación en la cuota tributaria.
Disposición transitoria única. Pagos fraccionados en los impuestos medioambientales sobre parques eólicos o fotovoltaicos con bonificación en la cuota tributaria.
En el Impuesto Medioambiental sobre parques eólicos y en el Impuesto Medioambiental sobre parques fotovoltaicos, cuando sea de aplicación la bonificación del 100 % de la cuota tributaria, los obligados tributarios no efectuarán ningún pago fraccionado.
Se añade por la disposición final 1.20 de la Ley 2/2024, de 23 de mayo. BOE-A-2024-11538
Se deroga por la disposición derogatoria única.2.c) de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre. BOE-A-2010-2164
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-11538 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-2164 | Leer | Qué cambió |
| 4 de octubre de 2007 | BOE-A-2007-90039 | Leer |
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