Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición transitoria única. Pagos fraccionados en los impuestos medioambientales sobre parques eólicos o fotovoltaicos con bonificación en la cuota tributaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de octubre de 2007 y la del 1 de enero de 2010.
Tachado: lo que se quitó (35 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición transitoria única. Exención por apoyo a acontecimientos de excepcional interés público en los Impuestos Medioambientales.
Están exentas de los Impuestos Medioambientales todas las actividades e instalaciones afectas exclusivamente a la organización y desarrollo de la «Exposición Internacional Zaragoza 2008» que pudieran comprenderse en el ámbito de aplicación de los mismos. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-11538 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-2164 | Leer | Qué cambió |
| 4 de octubre de 2007 | BOE-A-2007-90039 | Leer |
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