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Legislación › Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio para los procedimientos de contratos.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio para los procedimientos de contratos.

La aplicación de la tramitación de urgencia a los contratos a que se refiere el artículo 4 del presente Decreto-Ley será de aplicación a aquéllos cuya tramitación se inicie a partir de su entrada en vigor.

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