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Legislación › Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.

Artículo 22. Régimen jurídico.

Artículo 22. Régimen jurídico.

1. Las adquisiciones de bienes y derechos a título oneroso y de carácter voluntario se regirán por las disposiciones de esta ley y, supletoriamente, por las normas del derecho privado.

2. Las adquisiciones de valores mobiliarios, instrumentos financieros y participaciones sociales de titularidad autonómica se regirán por lo establecido en el Título VI de esta ley.

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