Legislación › Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón.
Disposición transitoria tercera. Instrumentos de gestión forestal en montes consorciados o conveniados.
Disposición transitoria tercera. Instrumentos de gestión forestal en montes consorciados o conveniados.
En tanto no se lleve a cabo lo previsto en las disposiciones adicionales cuarta y quinta, la gestión de los aprovechamientos en montes consorciados o conveniados se someterá a lo que se disponga en los instrumentos de gestión mediante un régimen semejante al previsto para los montes catalogados y para los montes protectores, respectivamente.
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