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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Artículo 27. Bonificaciones de la cuota de las Comunidades de Regantes.

Artículo 27. Bonificaciones de la cuota de las Comunidades de Regantes.

Se establece una bonificación en la cuota del impuesto del 100 por 100 aplicable en aquellos actos y negocios jurídicos realizados por las comunidades de regantes de la Comunidad de Castilla y León relacionados con obras que hayan sido declaradas de interés general.

Se modifica por el art. 2.2 de la Ley 1/2019, de 14 de febrero. BOE-A-2019-2864

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2864 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

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