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Legislación › Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 13. Principios.

Artículo 13. Principios.

1. El Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, como Cuerpo de Administración especial, se organiza de acuerdo con los principios de unidad y jerarquía bajo la dependencia de la Consejería competente por razón de la materia.

2. En su régimen jurídico el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid queda sometido a la presente Ley, a la legislación sobre la función pública de la Comunidad de Madrid y a la legislación básica del Estado.

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