Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado.
Artículo 30 quáter. Autoliquidación de los arrendamientos de vivienda.
Artículo 30 quáter. Autoliquidación de los arrendamientos de vivienda.
Los contribuyentes no estarán obligados a presentar autoliquidación por el impuesto en los supuestos en los que el arrendamiento esté exento en virtud de lo establecido en el artículo 45.I.B.26) del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Se modifica por el art. único.10 de la Ley 5/2024, de 20 de noviembre. BOE-A-2025-3303
Se añade por el art. único.17 de la Ley 6/2018, de 19 de diciembre. BOE-A-2019-4451
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de noviembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-3303 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-4451 | Leer |


