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Legislación › Ley 10/1985, de 16 de diciembre, de Protección y Modernización de la Empresa Familiar Agraria.

Artículo 3.

Artículo 3.

A los efectos de esta Ley, se entiende por empresa familiar agraria el conjunto de bienes y derechos organizados empresarialmente por su titular para la producción agraria, primordialmente con fines de mercado y con asunción del riesgo empresarial.

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