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Legislación › Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado.

Artículo 15. Bonificación de la cuota en caso de arrendamientos destinados a vivienda.

Artículo 15. Bonificación de la cuota en caso de arrendamientos destinados a vivienda.

De acuerdo con lo previsto en el 49.1.c) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y en orden a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 58 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, se crea la siguiente bonificación autonómica de la cuota tributaria:

1. En los arrendamientos de viviendas que constituyan la vivienda habitual del arrendatario cuando este pertenezca a alguno de los colectivos a que se refieren los apartados 3 y 6 del artículo 9 de la presente norma legal y siempre que la renta anual satisfecha no sea superior a 8.000 euros, se aplicará una bonificación del 99 por 100 sobre la cuota tributaria obtenida aplicando la tarifa del impuesto.

2. De la misma bonificación se beneficiarán los arrendatarios que pertenezcan a los colectivos señalados en el apartado 3 del artículos 25 de la Ley de Cantabria 2/2014, de 26 de noviembre, de abastecimiento y saneamiento de aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Se modifica por el art. 9.3.5 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-478.

Se renumera por el art. 11.3 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2015-685.

Su anterior numeración era art. 16.

Se renumera por el art. 10.2 de la Ley 10/2013, de 27 de diciembre. BOE-A-2014-510.

Su anterior numeración era art. 14.

Se renumera por el art. 7.4 de Ley 5/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-552.

Su anterior numeración era art. 13.

Se renumera por el art. 11.8 de la Ley 11/2010, de 23 de diciembre. BOE-A-2011-1651.

Su anterior numeración era art. 14.

Se añade por el art. 10.11 de la Ley 6/2009, de 28 de diciembre. BOE-A-2010-931.

Su anterior numeración era art. 11.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-478 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-685 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-510 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-552 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-1651 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-931 Leer

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