Legislación › Real Decreto de 24 de octubre de 1851 declarando como extranjeros todos los títulos concedidos por los Monarcas extranjeros, sin atribuir ninguno de los derechos y prerogativas concedidos a los de Castilla.
[preambulo]
En vista de las razones que me ha expuesto Mi Ministro de Gracia y Justicia acerca de la necesidad de adoptar una medida general que decida las reclamaciones pendientes de varios poseedores de títulos extrangeros y fije para lo sucesivo el carácter que deben tener y las circunstancias precisas para usarlos en los dominios de España, en conformidad con la práctica constante de la extinguida Cámara de Castilla y con lo informado con presencia de antecedentes, por la Sección de Gracia y Justicia del Consejo Real, Vengo en decretar lo siguiente:


