Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 852.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de junio de 1997 y la del 8 de enero de 2001.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Artículo 852 852.
(Derogado) En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse fundándose en la infracción de precepto constitucional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-323 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 1997 | Texto original | Leer |


