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Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.

Art. 154.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 1996 y la del 1 de septiembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 154.
En los estatutos sociales figurará el nombre de los socios colectivos. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-10544 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 1996 Texto original Leer

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