Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 155.
Art. 155.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. BOE-A-2010-10544.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-10544 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 1996 | Texto original | Leer |


