Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 1735.
Artículo 1735.
El nombramiento de nuevo mandatario para el mismo negocio produce la revocación del mandato anterior desde el día en que se hizo saber al que lo había recibido, salvo lo dispuesto en el artículo que precede.


