Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 1920. (Derogado)
Artículo 1920. (Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.3.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio. BOE-A-2003-13813.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2004 En vigor | BOE-A-2003-13813 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


