Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 239.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 15 de noviembre de 1983.
Tachado: lo que se quitó (23 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Artículo 239.
El consejo Si se tratase de familia no podrá declarar un menor acogido en establecimiento público, la incapacidad de los tutores y protutores, ni acordar su remoción, sin citarlos y oírlos, si se presentaren. tutela podrá ser atribuida al Director del establecimiento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 18 de agosto de 2015 | BOE-A-2015-8470 | Leer | Qué cambió |
| 20 de noviembre de 2003 | BOE-A-2003-21053 | Leer | Qué cambió |
| 7 de diciembre de 1987 | BOE-A-1987-25627 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1983 | BOE-A-1983-28123 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


