Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 556.
Artículo 556.
Las servidumbres de saca de agua y de abrevadero llevan consigo la obligación en los predios sirvientes de dar paso a personas y ganados hasta el punto donde hayan de utilizarse aquéllas, debiendo ser extensiva a este servicio la indemnización.


