Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 719.
Artículo 719.
Los testamentos mencionados en el artículo 716 caducarán cuatro meses después que el testador haya dejado de estar en campaña.
Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 719.
Los testamentos mencionados en el artículo 716 caducarán cuatro meses después que el testador haya dejado de estar en campaña.
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