Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 90.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 9 de agosto de 1981.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (236 palabras).
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Artículo 90.
Los militares en servicio activo El convenio regulador a que intentaren contraer matrimonio estarán dispensados se refieren los artículos 81 y 86 de este Código deberá referirse, al menos, a los siguientes extremos:
A) La determinación de la publicación persona a cuyo cuidado hayan de quedar los edictos fuera hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva con ellos.
B) La atribución del punto donde residan, si presentaren certificación uso de la vivienda y ajuar familiar.
C) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su libertad expedida caso.
D) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio
E) La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
Los acuerdos de los cónyuges, adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio serán aprobados por el Jefe del Cuerpo armado Juez, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges. La denegación habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deben someter a la consideración del Juez nueva propuesta para su aprobación, si procede. Desde la aprobación judicial, podrán hacerse afectivos por la vía de apremio.
Las medidas que pertenezcan. el Juez adopta en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
El Juez podrá establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2021-20727 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2015 | BOE-A-2015-7391 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2005 | BOE-A-2005-11864 | Leer | Qué cambió |
| 23 de noviembre de 2003 | BOE-A-2003-21338 | Leer | Qué cambió |
| 9 de agosto de 1981 | BOE-A-1981-16216 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


