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Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Artículo 916.

Artículo 916.

La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.

Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.

Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.

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