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Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

CAPÍTULO PRIMERO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 8 de junio de 1981. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO PRIMERO I
De los hijos legítimos la filiación y sus efectos

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de junio de 1981 En vigor BOE-A-1981-11198 Leer Qué cambió
16 de agosto de 1889 Texto original Leer

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