Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Sección primera
Sección primera. De las clases de matrimonio
Se modifica la rúbrica por el art. 2 de la Ley de 24 de abril de 1958. BOE-A-1958-6677.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de mayo de 1958 En vigor | BOE-A-1958-6677 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


