Legislación › Ley de 15 de mayo de 1902 relativa a la expropiación de inmuebles por el ramo de Guerra.
Art. 6.º
Art. 6.º
Contra la Real orden que termine el expediente de indemnización, procede la vía contenciosa dentro de tres meses de notificada la resolución administrativa; pero únicamente se admitirá el recurso por lesión en el aprecio del valor de lo expropiado, si dicha lesión representa cuando menos la sexta parte del verdadero justiprecio.


