Legislación › Real decreto de 12 de noviembre de 1902 aprobatorio del reglamento para la ejecución de la ley de 15 de Mayo de 1902, que establece un régimen especial para la expropiación forzosa en la zona militar de costas y fronteras.
Artículo 30.
Artículo 30.
El expediente así constituido lo remitirá al Gobernador militar al Capitán general de la región, el cual pedirá informe al Comandante general ó principal de Ingenieros ó Intendente militar respectivos, y en el plazo de un mes, remitirá al Ministerio de la Guerra el expediente con su dictamen, oyendo ante el auditor.


