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Legislación › Real decreto de 12 de noviembre de 1902 aprobatorio del reglamento para la ejecución de la ley de 15 de Mayo de 1902, que establece un régimen especial para la expropiación forzosa en la zona militar de costas y fronteras.

Artículo 32.

Artículo 32.

Contra la Real orden que termine el expediente de expropiación procede la vía contenciosa dentro de tres meses de notificada la resolución administrativa; pero únicamente se admitirá el recurso por lesión en el aprecio del valor de lo expropiado, si dicha lesión representa, cuando menos, la sexta parte del verdadero justiprecio.

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