Legislación › Real decreto de 24 de abril de 1905 aprobatorio del adjunto reglamento para la administración y régimen de las reses mostrencas.
Artículo 1.
Artículo 1.
Son reses mostrencas las cabezas de ganado caballar, mular, asnal, vacuno, lanar, cabrío o de cerda, que en cualquier número y sin dueño conocido se encuentren en el campo, en las poblaciones, en las vías pecuarias o en otro sitio público abandonadas.


