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Legislación › Real Orden de 21 de octubre de 1922 dictando reglas para dar cumplimiento a lo prevenido en el artículo 18 del Real Decreto de 8 de Julio de 1922, relativo a Grandezas y Títulos.

14.

14.

La colateralidad en el parentesco deberá referirse precisamente a la línea de procedencia de la Grandeza o Títulos solicitados.

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