Legislación › Real Orden de 21 de octubre de 1922 dictando reglas para dar cumplimiento a lo prevenido en el artículo 18 del Real Decreto de 8 de Julio de 1922, relativo a Grandezas y Títulos.
14.
14.
La colateralidad en el parentesco deberá referirse precisamente a la línea de procedencia de la Grandeza o Títulos solicitados.


