Legislación › Real Orden de 21 de octubre de 1922 dictando reglas para dar cumplimiento a lo prevenido en el artículo 18 del Real Decreto de 8 de Julio de 1922, relativo a Grandezas y Títulos.
27.
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Devuelto el expediente por la Diputación de la Grandeza la Sección correspondiente y la Subsecretaría de este Ministerio formularán su correspondiente dictamen con arreglo a lo prevenido en el Reglamento de 9 de Julio de 1917 sobre organización y procedimiento administrativo de la misma.


